La Legislatura de la
Ciudad Autónoma de Buenos Airessanciona
con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Sustitúyese el texto del Artículo
1º) de la Ordenanza Nº 50245 (B.M. 20214 - A.D. 428.41)
Por el siguiente: ...
"Institúyese en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires el 6 de diciembre de cada año como Día del Productor Radial y Televisivo"
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